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6.3
  Sistema Fiscal

El sistema fiscal sudafricano es relativamente simple basándose en el origen en vez de la residencia. La renta está sujeta a impuestos si proviene de una fuente dentro de Sudáfrica o considerada como dentro de Sudáfrica. Se considera que una renta proviene de una fuente dentro de Sudáfrica cuando la causa que la origina está en Sudáfrica. En la actualidad no existen en Sudáfrica impuestos sobre plusvalías.

Imposición Directa

6.3.1 Implicaciones Fiscales para Entidades Empresariales

-  El impuesto sobre beneficios de sociedades es del 35%.

-  Existe un segundo impuesto de 12,5% sobre dividendos distribuidos (“STC”) lo que supone un incremento progresivo del impuesto de sociedades del 35% al 42,2% siempre que se distribuyan en concepto de dividendos el 100% de los beneficios. El año fiscal 96/97 vio la reducción de este impuesto a la mitad aplicándose anteriormente el 25%.

-  En el régimen del “partnership”, cada uno de los socios está obligado a declarar la proporción de la renta del partnership que les corresponda. La renta recibida o acumulada en común por los miembros del partnership se considera como acumulada por ellos individualmente en la fecha en la que se acumuló en común.

-  En el régimen de “Business Trust”, se grava la parte de la renta que se retiene en lugar de la que se reparte. El tipo aplicable es el de personas físicas cuyo máximo actualmente es del 45%.

-  Cuando una empresa extranjera tiene presencia en Sudáfrica, la imposición sobre su renta será determinada en función del origen de la misma teniendo en cuenta la existencia de un tratado de doble imposición. La sucursal de una empresa extranjera es gravada en Sudáfrica como si fuera una entidad legal independiente de la casa matriz y sus cuentas deben tener en cuenta dicha consideración. Como resultado una parte de los gastos de la casa matriz pueden atribuirse a la sucursal y por lo tanto ser deducidos bajo la condición de que correspondan a la producción de renta originada en Sudáfrica.

-  En el caso de que no exista tratado de doble imposición, los no residentes sin actividad empresarial en Sudáfrica que reciben royalties de Sudáfrica deberán pagar un impuesto del 35% sobre el 30% de la cantidad bruta de los royalties resultando en un impuesto del 10,5% de la cantidad total. Debido a una anomalía en la ley se retiene un 12% y la diferencia (1,5%) solo es reembolsable al hacer la declaración.

-  Los beneficios de una sucursal de una empresa extranjera están gravados a un tipo fijo del 40%.

-  En la actualidad no existe tratado de doble imposición entre Sudáfrica y España sin embargo se prevé que entre en vigor en 2001.

6.3.2 Pago y Recaudación de Impuestos

El impuesto sobre sociedades es pagadero en cuotas. En cada año financiero se deben realizar dos pagos anticipados del impuesto (impuesto provisional). El primer pago que supone la mitad del impuesto anual estimado se abona al final del 1º semestre y el segundo al final del año. Cuando el impuesto provisional es menor que el real la diferencia deberá abonarse normalmente 6 meses después del final del año financiero.

6.3.3 Determinación de la Renta Gravable

El año fiscal es igual al año financiero de la compañía y es necesario el acuerdo de las autoridades fiscales para el cambio del mismo. El gravamen está basado en la renta gravable determinada de acuerdo con el “Income Tax Act”.

6.3.4 Impuesto Sobre  Personas Físicas

El impuesto sobre personas físicas es progresivo con un gravamen máximo del 45% en cantidades superiores a 100 000 rands

Imposición Indirecta

6.3.5 Impuesto Sobre  el Valor Añadido

El IVA es un sistema de impuesto indirecto basado en el suministro de servicios y mercancías. El tipo actual es del 14%. El suministro de algunos productos está exento. Normalmente se abona el IVA mensualmente. Las exportaciones están exentas de IVA y se concede un crédito de entrada respecto al IVA pagado sobre la compra de materia prima, bienes de equipo y bienes intermedios. Las empresas con un volumen de negocio superior a los 150 000 rands deberán registrarse en el registro del IVA.

Desde octubre de 1996 el IVA también se aplica a todos los servicios financieros con algunas excepciones.

Otros Impuestos

-  Impuesto de timbre y de valores intercambiables que pasó de un 1% al 0,5% para el año fiscal 96/97 en la transferencia de acciones no cotizadas y cotizadas.  Próximamente se prevé la abolición de este impuesto.

-  Impuesto de transferencia del 10% en las transferencias de activos inmuebles a una compañía y del 8% a una persona física siempre y cuando la transacción no este sujeta a IVA. Se prevé que en un futuro próximo se aplique también el 10% para personas físicas.

-  Tasas locales sobre la cifra de negocio del 0,148% y de un máximo del 0,35% sobre la nómina de la empresa.

-  Impuesto de donación del 25% pagadero sobre el valor de la propiedad donada por compañías sudafricanas y particulares. Aplicable a partir de marzo de 1996.

- Impuestos de timbre sobre ciertos instrumentos documentarios.

-  Impuestos especiales y de aduanas.

 

 

 

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